HITOS

Según el dicccionario: HITOS = "Mojones o postes que sirven para indicar la dirección en los caminos o para delimitar terrenos". 


HITO 1: Año 2010 - Plaza Juana Azurduy
Dos manitos que no se levantan  http://www.youtube.com/watch?v=lTod6Rxx8nk

HITO 2:  Octubre 2011- Acceso al Palacio
Padres del triunfo https://fbcdn-sphotos-d-a.akamaihd.net/hphotos-ak-frc3/312119_165536163540688_1195718288_n.jpg

HITO 3:   Julio 2012 -  Recalculando..
http://juliocollado.blogspot.com.ar/2012/07/recalculando.html

HITO 4:  Septiembre 2012 - Convenio con uno 
http://www.trenquelauquen.gov.ar/noticias/feito-recibio-a-massa-y-firmo-un-convenio/

HITO 5: Diciembre 2012 - Convenio con otro
Al que habla de malversación de voluntad popular y le pegan pa que tenga y pa que guarde  http://www.noticiasdoce.com.ar/?p=9711

HITO 6: Julio de 2013 - Uno y otro, la interna en TL 
http://www.laopinion.com.ar/portada/9545-la-lista-de-ripamonti-se-impuso-a-la-de-carlos-bilbao.html

HITO 7: Agosto de 2013 - La "sorpresa" 
http://lapoliticaonline.com/noticias/val/91861/trenque-lauquen-massa-suma-otro-intendente-kirchnerista.html

continuará..

Regulación de servicios de volquetes y provisión de hormigón elaborado.




Proyecto de Ordenanza

Visto: la necesidad de reglamentar determinados servicios vinculados a la industria de la construcción, y;

Considerando: que el uso de nuevas tecnologías y la dinámica de las actividades humanas presentan nuevas situaciones que requieren regulación estatal en resguardo del interés público;
Que en la actividad de la construcción de edificios y otras obras se han introducido en los últimos años servicios que anteriormente no existían pues las técnicas utilizadas eran distintas.
Que uno de los casos son los volquetes o contenedores utilizados para el transporte de materiales o residuos vinculados con las obras de demolición, construcción o refacciones;
Que otro fenómeno relativamente reciente en nuestro medio, especialmente para la edificación en altura, son los transportes del material destinado a las estructuras que se construyen con hormigón elaborado; que implican la carga, mezcla y elaboración de los áridos pertinentes y el agua fuera de la obra y su descarga en la misma por medio de dichos transportes, los que cuentan con un mecanismo específico a tal fin, a los que se los conoce como “trompos” o “mezcladores”.
 Que estas nuevas actividades presentan aspectos relacionados con el ordenamiento urbano, la seguridad pública y a otras cuestiones que se encuentran en la esfera de facultades asignadas a los Concejos Deliberantes por el artículo 27 y demás normas concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
ORDENANZA:
CAPITULO I – Ámbito de aplicación y definiciones
Artículo 1º.-) Ámbito de Aplicación. La presente ordenanza es de aplicación a toda persona física o jurídica, pública o privada que preste los servicios a la industria de la construcción que se indican y definen en los artículos siguientes, las que deberán obtener la autorización prevista para todo establecimiento conforme la Ordenanza Nro. 3609/10 y abonar las tasas y/o derechos previstos para sus respectivas actividades por las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigente.
Artículo 2º) Servicios de volquetes y/o contenedores. Defínese como servicio de contenedores y/o volquetes el que se presta con cajas metálicas de características convencionales colocadas en la vía pública, en las cuales se depositan transitoriamente, para su ulterior retiro, materiales que por su volumen y características tienen origen diverso y no están comprendidos en los residuos sólidos domiciliarios (desechos industriales, comerciales, de la construcción y de actividades varias), provenientes de obras de construcción, demoliciones o actividades diversas, cuyo retiro no es obligatorio por parte del servicio domiciliario de recolección de residuos.-
Artículo 3º) Servicios de provisión de hormigón elaborado. Defínese como servicio de provisión de hormigón elaborado el que comienza con la carga dosificada en una planta habilitada a tales fines de una mezcla de cemento portland, arena, piedra partida ó canto rodado, agua y algún tipo de aditivo; la que es mezclada y transportada en camiones motohormigoneros, que entregan el hormigón al pié de la obra en estado fresco.
CAPITULO II – Volquetes y contenedores.
Artículo 4º) Medidas y características. Cada contenedor y/o volquete deberá contar con las siguientes características:
- Tener unas dimensiones máximas de 3,30 m. de largo por 1,85 m. de ancho por 1,08 de alto, más 0,15 m. para pivotes de enganche.
- Estar pintados de colores blanco ó amarillo, con un borde superior reflectante que destaque su visibilidad tanto en horario diurno como nocturno, de manera que resulten fácilmente identificables por transeúntes y conductores de todo tipo de vehículos.
- Deberán indicar el nombre de la empresa y su número telefónico.-
Artículo 5º) Sedes operativas. Las empresas prestadoras del servicio deberá identificar adecuadamente la ubicación de la sede operativa donde se estacionarán normalmente los contenedores y/o volquetes y los vehículos utilizados para su transporte, debiendo comunicar dentro de los diez (10) días cualquier cambio que se pudiese operar en dichos datos.
Artículo 6º) Identificación y depósito. En el acto de habilitación, la empresa deberá solicitar la identificación de todos los contenedores y/o volquetes que deseare poner en actividad, que consistirá en un número de serie que deberá guardar una secuencia continua, que proseguirá en otros contenedores y/o volquetes que posteriormente se incorporen al servicio y de igual modo sean habilitados, como así también la nómina de todos los vehículos afectados a su transporte. Cuando estos elementos no estén en servicio deberán permanecer en el área reservada e identificada como “depósito a cielo abierto o cubierto”, que deberá presentar una capacidad suficiente para albergar los contenedores declarados y los que desee incorporar a futuro, quedando absolutamente prohibida su guarda en la vía pública. 
Artículo 7º) Uso de la vía pública. La empresa prestataria del servicio será responsable de la colocación, retiro y traslado de los contenedores de acuerdo a las normas de tránsito y estacionamiento vigentes, y de la disposición final de los residuos. Al retirar los contenedores, el titular de la empresa deberá dejar en perfecto estado la superficie de la vía pública y completamente limpia, siendo por su cuenta el restablecimiento de las condiciones de la vía pública al estado anterior a la prestación.-
Artículo 8º) Materiales prohibidos. Los contenedores y/o volquetes no podrán utilizarse para recibir residuos que trasgredan disposiciones vigentes sobre salubridad e higiene. No se podrá verter escombros que contengan materiales inflamables, explosivos, nocivos, peligrosos o susceptibles de putrefacción o de producir olores desagradables, o que por cualquier causa puedan constituir molestias o incomodidad para los usuarios de la vía pública o vecinos. Queda prohibido el lavado en la vía pública de los elementos afectados al servicio.-

CAPITULO III – Provisión de Hormigón Elaborado
Artículo 9º) Recaudos. Los transportes de hormigón elaborado deben contar con las siguientes características:
- Cumplir con las normas legales aplicables a ese tipo de automotores por las leyes y reglamentaciones vigentes, incluyendo la Verificación Técnica Vehicular de vehículos pesados.
- Estar pintados de colores que faciliten su visibilidad, y contar con franjas reflectantes en sus laterales.
- Deberán indicar el nombre de la empresa y su número telefónico.-
Artículo 10º) Sedes operativas. Las empresas prestadoras del servicio deberá identificar adecuadamente la ubicación de la sede operativa donde se estacionarán normalmente los vehículos de transporte, debiendo comunicar dentro de los diez (10) días cualquier cambio que se pudiese operar en dichos datos.
Artículo 11º) Identificación y depósito. En el acto de habilitación, la empresa deberá solicitar la identificación de todos los vehículos de transporte que deseare poner en actividad, que consistirá en un número de serie que deberá guardar una secuencia continua, que proseguirá en otros que posteriormente se incorporen al servicio y de igual modo sean habilitados.
Los automotores y maquinarias afectadas al servicio deberán permanecer en el área reservada e identificada como “depósito a cielo abierto o cubierto”, que deberá presentar una capacidad suficiente, quedando absolutamente prohibida su guarda en la vía pública. 
CAPITULO IV – Disposiciones Comunes y Complementarias.
Artículo 12º) Habilitación de las Obras contratantes. Las obras de construcción y/o demolición a las que se provean los servicios deben estar debidamente habilitadas conforme lo previsto en el Código de Edificación (Ordenanza N° 2501/04 y/o la que la modifique o sustituya) y cumplir estrictamente con las normas previstas en el Título VIII del mismo.
Artículo 13º) Vigencia y seguros. Dispónese que la habilitación de la licencia para ejercer las actividades o las prestaciones de los servicios reglamentados por la presente tiene una vigencia anual, cuyo otorgamiento y renovación exige la acreditación por parte del solicitante de una póliza de seguros por responsabilidad civil vigente, para los siniestros y daños que pudieren producirse con motivo de la actividad.-
Artículo 14º) Sanciones. La transgresión a cualquiera de las disposiciones de la presente Ordenanza hará aplicables las sanciones de multas previstas en el Código de Contravenciones Municipal. En caso de presentarse más de dos (2) sanciones consecutivas dentro del término de un año aniversario se procederá a la inhabilitación provisoria de la actividad de la empresa por hasta quince (15) días. Ante la reiteración de incumplimientos será procedente la inhabilitación por hasta sesenta (60) días.
Artículo 15º) De forma.-
Julio Collado
Concejal 

PROCREAR. Eximición de tasas municipales.


PROYECTO  DE ORDENANZA
VISTO: el Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Unica Familiar “PRO.CRE.AR” dispuesto por el Gobierno Nacional creado por Decreto Nacional N° 902/12 ;  y,
CONSIDERANDO: que mediante el mismo se facilita el acceso a la vivienda familiar y también se favorece la actividad económica;
                     que en función de tales importantes efectos se han implementado medidas tendientes a abaratar los costos de la operatoria.
                       que la ley 14.423 ha eximido en el ámbito provincial del pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones provinciales al Fondo Fiduciario Público constituido para la ejecución del referido programa, al Banco Hipotecario S.A., y a quienes resulten beneficiarios-adjudicatarios de los créditos otorgados en el marco del mismo.
                     que de tal modo los beneficiarios no tienen que pagar el impuesto de sellos o la tasas por servicios administrativos que prestan los organismos del estado provincial.
                   que mediante la citada ley se ha invitado a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a sancionar normas que eximan del pago de tasas en concepto de derechos de construcción a los beneficiarios de los créditos.
                     que se considera conveniente disponer medidas similares en este nivel municipal para evitar a los destinatarios  costos adicionales y que de tal modo puedan dedicarse totalmente a la construcción de su vivienda.
                que tampoco debe perderse de vista el importante efecto multiplicador que el otorgamiento de los créditos implica para esta comunidad a partir de la inyección y movilización de recursos.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.-)  Exímese del pago de Derechos de Construcción (art. 35° Ordenanza Impositiva  nro. 3912/12,  o la que en el futuro la modifique o sustituya) y de Derechos de Oficina (art. 34 Ordenanza cit.) a los beneficiarios del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Unica Familiar “PRO.CRE.AR” (Decreto Nacional N° 902/12), en cuanto tales tributos graven trámites vinculados con la vivienda familiar a construir o construida con fondos provenientes de dicha operatoria.
Artículo 2º.-)  La eximición de pago operará de pleno derecho respecto de todos los trámites en curso y los que se inicien a partir de la promulgación de la presente, con la sola acreditación del otorgamiento del préstamo por parte del Fondo Fiduciario y/o el Banco Hipotecario, y la identificación catastral del inmueble. Autorízase al Departamento para reembolsar, en carácter de devolución de tributos o mediante subsidios compensatorios, los montos abonados con anterioridad por este concepto.-
Artículo 3º.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Julio César COLLADO
Concejal (FpV)

Se propone el funcionamiento de dos farmacias de turno los fines de semanas y feriados.


Proyecto de Comunicación 
Visto: Que la trama urbana de la ciudad de Trenque Lauquen ha seguido expandiéndose  con la incorporación de nuevos barrios y el significativo aumento demográfico de su población, lo que acrecienta las distancias existentes entre los distintos puntos de la ciudad; y,

Considerando: Que en consonancia con dicho crecimiento, también el número de farmacias se ha acrecentado notablemente en los últimos años, llegando a ser dieciséis las habilitadas en la actualidad.
Que esta actividad se encuentra regulada por normas de jerarquía provincial tales como la ley 10.606 y su decreto reglamentario 145/97, sin perjuicio de las competencias de los municipios en aspectos de su exclusiva injerencia tales como zonificación de usos, edificación, seguridad e higiene, etc.
Que si bien el ordenamiento provincial impone la obligación de mantener de turno al menos el 10% de las farmacias habilitadas, es evidente que –por lo menos durante los fines de semanas- es necesario establecer que más se encuentren de turno.
Que ello posibilitará facilitar el acceso del público y agilizar la atención de quienes acuden para adquirir medicamentos;

Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

COMUNICACIÓN

Artículo 1º.-) Solicítase al Colegio de Farmaceúticos evalúe la posibilidad de disponer el funcionamiento de dos farmacias de turno en la ciudad  de Trenque Lauquen durante los fines de semanas, otros días feriados y sus vísperas; propiciando que las que se encuentren abiertas en tal carácter el mismo día se ubiquen con la mayor distancia posible entre ellas o bien dividiendo la ciudad en distintas zonas a tales fines.  

Artículo 2º.-) De forma.

Ordenamiento urbano para Treinta de Agosto


PROGRAMA PARA EL ORDENAMIENTO URBANO
TREINTA DE AGOSTO Partido de TRENQUE LAUQUEN

PROYECTO DE DECRETO HCD
VISTO: La necesidad de actualizar las normas atinentes al ordenamiento urbano y el desarrollo territorial de la ciudad de Treinta de Agosto en este Partido;
CONSIDERANDO: Que la planificación resulta una valiosa herramienta al servicio de la gestión municipal, para la identificación y resolución de las problemáticas urbano-territoriales y la valorización y utilización integral de los recursos.
Que el proceso de planificación debe contar con un accionar conjunto entre actores políticos y sociedad local para el tratamiento y atención de dichas problemáticas.
Que resulta necesario establecer para Treinta de Agosto nuevos lineamientos generales de ordenamiento y encarar el ajuste de la normativa municipal vigente, la que ha quedado parcialmente desactualizada, siendo necesario además dar respuestas a los desafíos futuros.
Que existe también esa localidad del distrito la necesidad de atender el déficit de suelo urbano existente, mediante la incorporación de las superficies necesarias que permitan solventarlo pero de una forma que optimice la calidad urbano-ambiental y contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes.
Que, por otro lado, es necesario propiciar y facilitar la radicación de establecimientos de producción de bienes y servicios agro-industriales, que favorecerán la incorporación de valor a los insumos de generación local, y la provisión de nuevos puestos de trabajo.
Que el valioso desarrollo de tales actividades no deben representar una amenaza de pérdida de calidad ambiental y de vida urbana, para lo que se requiere observar la implementación de políticas activas y estrategias de ordenamiento territorial conforme a lo postulado en lo marcos legales vigentes, que contribuya a potenciar esas tendencias positivas, controlando los efectos negativos.
Que para todo ello deben programarse acciones de gobierno y convocarse a un amplio proceso participativo incorporando la opinión de la comunidad local a fin de consensuar objetivos, lineamientos generales y proyectos específicos.
Que existen competencias propias del Concejo Deliberante sobre la materia (arts. 28 inc. 7°, 75 y 77 LOM; arts.  5, 70 y concordantes Dec. Ley 8912/70).
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA EL SIGUIENTE
D E C R E T O
Artículo 1°) Establécese el PROGRAMA PARA EL ORDENAMIENTO URBANO DE LA CIUDAD DE TREINTA DE AGOSTO, el que consiste en las acciones públicas que seguidamente se indican.
Artículo 2°) Fórmase, en el ámbito de este Honorable Concejo Deliberante y conforme lo previsto en el artículo 37° de su Reglamento Interno, la COMISION ESPECIAL para la elaboración del nuevo CODIGO DE ZONIFICACION DE TREINTA DE AGOSTO.
Artículo 3°) La COMISION ESPECIAL formada según lo dispuesto en el artículo precedente tiene por MISION elaborar un PROYECTO DE ORDENANZA como CODIGO DE ZONIFICACION de TREINTA DE AGOSTO.
La COMISIÓN podrá también elaborar y proponer subprogramas o planes específicos que sean complementarios para el ordenamiento urbano y el desarrollo territorial, tales como: El establecimiento de parques industriales, la planificación de vías de circulación prioritarias, el reordenamiento de espacios verdes y/o de esparcimiento, la determinación de áreas de interés turístico o histórico, etc. También podrá recomendar acciones que puedan articularse con diferentes áreas del municipio entre sí o con otros órganos públicos o con diferentes prestadores de los servicios públicos y/o de interés público.-
Artículo 4°) La COMISIÓN acudirá en forma permanente y para todas las etapas del cumplimiento de su misión a la consulta de las áreas técnicas competentes del Departamento Ejecutivo y del Organismo Descentralizado de Treinta de Agosto, estando facultada para convocar a sus reuniones a los respectivos funcionarios, así como también para la consulta y la participación del Consejo previsto en el artículo siguiente.
Artículo 5°) Créase, en el ámbito de este Concejo Deliberante, el CONSEJO ASESOR PARA EL ORDENAMIENTO URBANO DE TREINTA DE AGOSTO.
El mismo estará presidido por el Presidente de la Comisión Especial creada mediante el artículo 2° de la presente y serán invitados a integrarlo los representantes de las organizaciones que a continuación se detallan.
- Departamento Ejecutivo municipal.
-  Director del Organismo Descentralizado de Treinta de Agosto.
-  Integrantes  del Consejo Asesor del Organismo Descentralizado.
-  Cámara de Comercio e Industria de Treinta de Agosto.
- Sociedad Rural de Treinta de Agosto.
- Colegio de Arquitectos, quien designará como representante un profesional matriculado en el mismo y con domicilio en Treinta de Agosto.
- Sindicatos de trabajadores con actuación en Treinta de Agosto.
- Otras entidades de bien público domiciliadas en Treinta de Agosto y con personería jurídica que lo requieran.
Artículo 6º) El CONSEJO funcionará como ente consultivo, y en tal sentido sus conclusiones y recomendaciones no tendrán carácter vinculante, pero serán necesarias para el tratamiento de cualquier temática urbanística y/o de ordenamiento territorial por parte de la COMISION ESPECIAL.
El desempeño de los representantes de las instituciones que integran el CONSEJO ASESOR tendrá carácter de "ad honorem” y durarán en sus cargos mientras no sean reemplazados por quien los ha designado. Se podrá dar  un reglamento interno para su funcionamiento y llevará un libro de actas de reuniones.
Artículo 7º) La COMISION ESPECIAL, a los fines de las misiones establecidas en el artículo 3°, organizará con participación del CONSEJO ASESOR reuniones de trabajo públicas y talleres sobre temas específicos propiciando la participación de vecinos e instituciones interesadas en colaborar en la elaboración de la estrategia territorial.
Artículo 8º) La COMISION ESPECIAL informará en forma bimestral al plenario del Honorable Concejo Deliberante sobre las actividades cumplidas y el estado de avance de su cometido.
Artículo 9°) De forma.-

El Concejo Deliberante durante el año 2012

Como decíamos antes (1), el producto de mayor jerarquía del Concejo Deliberante son las Ordenanzas, pues dentro de la esfera de competencia municipal tienen el carácter de leyes y sus normas se integran al orden jurídico.

Estadísticas
Durante el periodo 2003/2007 (gestión del ex intendente Juan C. Font – UCR) se sancionaron un promedio de 135 ordenanzas anuales. En el mandato de Jorge Barracchia con el Frente para la Victoria y hasta su fallecimiento en enero de 2011, la media de los años 2008, 2009 y 2010 ascendió a 228

Detrás de los números.
El aumento de instrumentos emitidos durante esos tres años no respondió a una mera “inflación legislativa”. Un análisis detenido de los contenidos demuestra que la mayor actividad normativa reflejó un incremento de la actividad municipal y el notorio crecimiento de fuentes de financiación para la realización de múltiples acciones, obras y programas que benefician a la comunidad.

Los dos últimos periodos.
Durante el periodo 2011 el número de ordenanzas descendió a 172 y el último año 2012 se sancionaron 144, destacándose en este caso un récord de vetos impuestos por el Ejecutivo, lo que estaría también reflejando mayores dificultades para alcanzar consensos en la construcción política.

(1) http://juliocollado.blogspot.com.ar/2010/12/el-concejo-deliberante-durante-el-ano.html

AMPLIACION GASODUCTO PARA TRENQUE LAUQUEN

H. CONCEJO DELIBERANTE - TRENQUE LAUQUEN, B. A.

PROYECTO DE  COMUNICACIÓN

Visto: Las dificultades de amplios sectores de la población del Partido de Trenque Lauquen para acceder al servicio de distribución domiciliaria de gas;  y,
Considerando: Que la Municipalidad de Trenque Lauquen, junto a las   deTres Lomas, Pellegrini y Guamini celebraron con BUENOS AIRES GAS S.A. (BAGSA); CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. un Convenio en el marco de la obra de refuerzo, operación y mantenimiento para la Ampliación de Red 1º Etapa – Gasoducto Casbas – Trenque Lauquen (Convalidado por Ordenanza N°: 3727/2011 de este Cuerpo).
                               Que existe la necesidad imperiosa de realizar amplia  ciones en las redes de distribución de las localidades de Trenque Lauquen, 30 de Agosto y Garré, a fin de beneficiar a vecinos que aún no cuentan con el suministro de gas natural por redes;
                               Que el Convenio referido perseguía la ejecución de la Ampliación de Red 1º Etapa, siendo necesaria una obra complementaria sobre el gasoducto de alimentación a las localidades involucradas (la Obra de Refuerzo), la cual consiste en la ejecución de 12.500 m de cañería de acero de 8”;
                               Que tal  Obra de Refuerzo permitirá la incorporación de casi tres mil clientes sobre la Ampliación de Red 1º Etapa;
                               Que hasta que ello no ocurra, se limita el acceso a mejoras en la calidad de vida de cientos de familias en el distrito, además de obstaculizarse el desarrollo de nuevas actividades comerciales y/o indus triales.
                             Que este tema merece altísima prioridad para la gestión política y tiene una importancia estratégica para nuestro Partido.

POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, ACUERDA Y SANCIONA LA PRESENTE:
COMUNICACIÓN:

Artículo 1°).- Solicítase al Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires y a las empresas  BUENOS AIRES GAS S.A. (BAGSA) y  CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. puedan informar el estado actual del proceso que llevará a la  ejecución de lo convenido durante el pasado año   2011 para la la Ampliación de Red 1º Etapa – Gasoducto Casbas – Trenque Lauquen.
 Artículo 2º).- Remítase copia de la presente al sr. Intendente Municipal de Trenque Lauquen y a los Departamentos Ejecutivos y Deliberativos de las Municipalidades de  Tres Lomas, Pellegrini y Guaminí.
Artículo 3º).- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.                                                               Julio C. Collado – Concejal FpV

Indicadores y evidencias sobre pobreza e indigencia en la Argentina


El autor se interna en la polémica sobre los indicadores sociales y toma dos estudios ajenos al Gobierno, de la UCA y Cippec, para verificar si se han consolidado los avances después de 2007.

Por Alejandro Rofman (Investigador principal del Conicet)
Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-204339-2012-09-27.html

El proceso de recomposición del tejido social en la Argentina contemporánea sigue teniendo versiones e interpretaciones variadas. El descenso de todos los índices de insatisfacción social en el período 2003-2007 no ha sido cuestionado por ningún observador objetivo y sus evidencias forman parte de los análisis tanto de los que apoyan el modelo vigente como de quienes lo discuten. Pero el estudio de lo acaecido desde el año 2007 ha instalado una polémica que permanece abierta, impidiendo (hasta hace muy poco) alcanzar un juicio certero, aceptado por todos, acerca de la evolución de la situación social en este último tramo.

Esa polémica se fundamenta en el cuestionamiento a los valores de los principales indicadores sociales, cuya certeza se supone afectada en su cálculo. En particular, la severa crítica a los datos del Indec sobre la variación de los precios al consumidor pone en tela de juicio la versión oficial de que la mejoría de la situación social persiste y se ha ido consolidando.

Dos recientes estudios colaboran decididamente en saldar esa polémica.

El primero de ellos fue publicado por la Universidad Católica Argentina, en julio de este año. Resume una investigación de su Observatorio de la Deuda Social Argentina y se denomina “Asimetrías en el desarrollo humano y social (2007-2010/11)”. El documento, prologado por el presbítero doctor Víctor Manuel Fernández, rector de la universidad citada, menciona entre otros agradecimientos, a “la gerencia de responsabilidad social del Banco Galicia y a la Fundación Diario La Nación”, por “la confianza y el permanente apoyo brindado al desarrollo de las investigaciones que hicieron posible la elaboración del presente documento”, así como la valiosa colaboración del área de responsabilidad social de la empresa Cablevisión.

El otro documento es fruto de un estudio realizado por el Cippec (Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento). Su actividad, según los logos que se insertan en la carátula y en la página final del informe “100 políticas para potenciar el desarrollo”, exhibe como auspiciantes a empresas de capital nacional o extranjero, como Mapfre, Nobleza Piccardo, Vale y Telefónica, entre otras.

Queda totalmente claro, entonces, que ambos informes están redactados y sostenidos económicamente por sectores sociales totalmente desconectados del aparato oficial y de sus seguidores.

Las informaciones que se pueden extraer de ambos documentos son de muy alto valor testimonial sobre la más reciente evolución de los principales procesos sociales en la Argentina. El documento de la UCA afirma que “durante el segundo año del Bicentenario (se refiere al año 2011, nota mía) tuvo lugar una rápida recuperación del terreno perdido en materia económica después de los embates de la crisis internacional de 2009 y 2010 (...). Según la mayor parte de los especialistas, el año 2007 fue el mejor momento del modelo político-económico postdevaluación a lo largo de la primera década del siglo XXI. Esto hace que dicho año se constituya en un parámetro ideal a partir del cual evaluar los eventuales logros o retrocesos durante los años 2010-2011”.

El documento reconoce que el tramo 2003/2007 fue apreciado por quienes analizan la evolución económica y social de la Argentina como el de más alto desempeño de toda la década. La pregunta, entonces, es si entre 2007 y 2011, la declinación económica acaecida en los dos años de crisis mundial y su impacto en la Argentina logró ser superado o continuó prevaleciendo. Veamos los datos que el instituto de la UCA consigna en su informe para dar respuesta a este interrogante.

“Son bien conocidos los avances que tuvieron lugar en la última década en la ampliación de los derechos sociales, el importante crecimiento que experimentó la economía, la extensión de la asistencia pública y el mayor esfuerzo laboral emprendido en función de aprovechar las nuevas oportunidades de movilidad social” (página 17). El texto no merece demasiado comentario dado que es concluyente en afirmar que, desmintiendo opiniones en contrario, se experimentó un apreciado avance económico y social singular en toda la década inicial de este siglo al amparo del modelo político-económico vigente.

Por supuesto, no se detiene en ese juicio laudatorio, pues agrega que los problemas de marginalidad, pobreza, indigencia, entre otros, siguen “siendo debilidades de una sociedad que crece, consume y progresa (...). A pesar de las mejoras alcanzadas durante casi una década de continuado y extraordinario crecimiento socioeconómico, queda mucho por hacer en materia de desarrollo humano, integración social, justicia social (...) para el alcance de una ciudadanía plena en derechos para todos”. Estas conclusiones son similares a las que se escuchan de importantes dirigentes políticos y sociales que acompañan al gobierno actual, incluyendo repetidas observaciones incluidas en recientes discursos de la señora presidenta de la Nación.

Veamos, entonces, los datos estadísticos básicos para definir la trayectoria del proceso económico y particularmente social entre el mejor año de la década, 2007, y el 2011. Nos centraremos en dos datos estratégicos. El primero se refiere al ingreso per cápita familiar, es decir, el que corresponde a cada integrante de un hogar cualquiera sea el tamaño del mismo en cantidad de personas que lo integran. Esta información, que surge de los registros del Observatorio Social de la UCA, se la estima de dos maneras: con el índice oficial de precios del Indec o con el promedio ponderado de crecimiento de los índices de las siete provincias que llevaban, entre los años 2007 al 2011, registros mensuales de variación de los precios al consumidor.

La media de los ingresos anuales de los hogares a precios constantes, deflacionados según el índice de precios combinados de siete provincias, ascendió a 4768 pesos. Si se coteja este dato con los de los años 2007 y 2010, calculados también en base a la metodología de la UCA, resulta que la variación de los ingresos familiares entre 2007 y 2010 resulta positiva en un 1,2 por ciento, y entre 2007 y 2011 en un 11,9 por ciento. Es decir, que, pese a los efectos negativos de la crisis mundial en 2008 y 2009, prosiguió la expansión de este indicador fundamental del bienestar familiar.

Los datos de Pobreza e Indigencia acompañan el sesgo favorable de la evolución del ingreso familiar arriba comentado. El estudio del Observatorio utiliza canastas básicas totales y canastas de alimentos imprescindibles basadas en los índices de precios de las siete provincias, descartando totalmente los del Indec, pues impugna estos últimos por “manipulación política”. Estos valores de canastas básicas son sustancialmente mayores a los que se calculan por el Indec. Pese a este cambio de medición, el Observatorio Social de la UCA reconoce que la pobreza calculada por ingresos retrocedió desde el 26,9 por ciento en el año 2007 al 26,6 en 2010, y al 21,9 en el año 2011. Debemos recordar que el índice de regresión social en el año 2003 superó el 53 por ciento, por lo que la reducción total entre el inicio del período constitucional bajo la presidencia del doctor Kirchner y el cierre del último año (nueve años de extensión) supuso una disminución de la pobreza en un 60 por ciento, lo que da cuenta de un significativo avance de la equidad social.

En cuanto a la indigencia (que indica la situación específica de un habitante que, con sus ingresos, no está en condiciones de adquirir una canasta básica de alimentos) los datos del Observatorio de la UCA revelan que la tasa respectiva estaba en el 8,1 por ciento de la población en el año 2007 (3 millones de habitantes), subió en el año 2010 al 9,2 y se redujo en el año 2011 al 5,4 por ciento de toda la población (dos millones 100 mil habitantes). Ello indica que la disminución de la indigencia fue entre 2003, cuando afectaba al 27 por ciento de la población del país, y el año 2011, de 22 puntos porcentuales, lo que implica que cayó en nada menos que un 80 por ciento (UCA, página 58).

El documento de la UCA aporta un párrafo muy ilustrativo: “En términos dinámicos, cabe destacar que la caída de la indigencia y de la pobreza exhibida durante el último año (2010-2011) fue particularmente intensa en el estrato social socioeconómico más bajo (25 por ciento inferior) y, asimismo, en villas y asentamientos precarios y en los barrios de sectores populares dentro de la traza urbana formal”.

La información sobre la dinámica social que aporta el estudio del Cippec se refiere a la pobreza por región del país entre los años 2001 y 2010. Esta información ofrece datos sobre pobreza más reducidos, en el año final, que los que consigna el informe de la UCA-Observatorio Social. Así, para el Nordeste, la región con peor situación social, el mapa de la pobreza indica un descenso significativo: era del 57,2 en 2001 y cayó al 18,5 en 2010. En el Noroeste, el descenso fue del 48,3 por ciento de sus habitantes en el año 2001 a 11,8 en 2010. Para la región Cuyo, del 39,6 por ciento de pobres en el 2001 se pasó en el año 2010 a sólo el 9,8. En la región pampeana, los datos consignan un 37,1 de pobreza en 2001 y un 9,6 en 2010. En la poblada área del Gran Buenos Aires, los índices de pobreza caen del 37,1 al 9,6. Y en la región patagónica, donde la situación social es la mejor de todo el país, los índices de pobreza total son del 23,2 en el año 2001 y se repliegan al 5,8 en 2010 (Cippec, cap. 3, página 58).

Como conclusión de este recorrido relevante de datos, entre el cierre de la convertibilidad y los tiempos que corren, sólo cabe agregar que los mismos son impactantes en cuanto al progresivo y firme horizonte de progreso social y justicia distributiva que ha tenido lugar en esta nueva etapa. La fuente de las estadísticas que corroboran esta información es de procedencia insospechada y no se la puede acusar de ser cercana o afín a las ideas de quienes han conducido el país en los últimos nueve años. Es posible afirmar, entonces, que el debate en torno de la bondad del proyecto de desarrollo vigente desde el año 2003 ha sido definitivamente cerrado con los datos transcriptos, que puntualizan los evidentes beneficios que para los sectores sociales que menos recursos e ingresos tienen ha venido deparando la política económica del desarrollo con inclusión y equidad social aplicada en la reciente década.

Deficit habitacional e interrupción de la actividad estatal en Trenque Lauquen

Más abajo se extractan los mensajes de los Intendentes de Trenque Lauquen desde 2008 a la fecha, según los cuales surge que:
Durante la gestión de Jorge Barracchia  2008/2010 se entregaron 668 viviendas correspondientes a distintas operatorias estatales y se anunciaron o iniciaron 239 por Circulo Cerrado, de las que se han entregado 110 en 2011 y 129 se terminarán de construir y entregar el 2012. 
El único nuevo emprendimiento posterior a enero de 2011 han sido las 30 viviendas también por Circulo Cerrado en Treinta de Agosto, las que se entregarían antes de finalizar 2012.
Hasta ahora, no existe información que permita esperar entrega de alguna nueva vivienda en 2013.
Datos preocupantes en función del déficit habitacional del distrito, en el que la inversión privada en viviendas está dedicada a satisfacer una demanda de altos ingresos, totalmente inaccesible para la mayoría de la población, y se advierte una nueva espiral especulativa en el mercado de tierras.




Jorge Barracchia, abril de 2009: Mensaje al Concejo Deliberante al inaugurar el periodo ordinario de sesiones: 
".. Viviendas entregadas en el año 2008 fueron 121, 64 de Aramendi, 10 Círculo Cerrado de 30 de Agosto, 2 de La Carreta, 6 Girodías, 25 Ceibo y 4 Sociales, en ejecución hay 189, 30 Plan Compartir 30 de Agosto están muy avanzadas, creen que en 60 días tendrían que estar terminadas, 50 Beruti han renegociado el conflicto, vienen bien, creen que en el transcurso de 15 ó 20 días estarían entregando las primeras 10, el compromiso fue que terminaran de a 10 por mes, 46 AMOC están avanzadas, las terminarían entre mayo y junio y 50 Lafit, están haciendo las 34 del Circulo Cerrado e incorporan alguna más y quieren tratar de ingresar eso en las obras del compromiso con Nación. Licitaron 163 viviendas, 58 en la calle Uribarri en el terreno de Los Robles, 56 en Beruti en la cancha de La Luisa y 49 Zona Norte.."


Jorge Barracchia, abril de 2010: Mensaje al Concejo Deliberante al inaugurar el periodo ordinario de sesiones: 
".. Me voy a referir ahora a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, esta secretaría trabajó en el año 2009 en la construcción de 557 viviendas en forma simultánea, se terminaron 134 que se entregaron, que son: 46 del COMPARTIR de AMOC, 30 del COMPARTIR en 30 de Agosto, 50 del Federal I de Beruti y 8 sociales. Las otras viviendas en construcción son 423 que son: 49 en la quinta 7, 58 en la quinta 286, 28 en la quinta 116, 28 en Beruti, 50 en la quinta 2 y quinta 8, 56 en quinta 60, 7 y 2, 58 en quinta 116, 48 en quinta 75 y 48 en la quinta 64 y 33 de Treinta de Agosto. Las viviendas a comenzar durante el año 2010, la idea este año es comenzar 116 viviendas más, a esas 557 que habíamos anunciado este año vamos a empezar 116 más que son: 54 por círculo cerrado en quinta 74, que ya se licitó está en proceso de adjudicación; 42 de círculo cerrado en quinta 67 y 10 en la quinta número 9 de Campos..."
"...Después de haberme referido en el aspecto de la Secretaría en el área de lo ejecutado en el 2009 voy a hacer algunas apreciaciones cuáles son las obras que se van a llevar adelante en el área en 2010: primero terminar las 423 viviendas que están en construcción.."


Raul Feito, abril de 2011; Mensaje al Concejo Deliberante al inaugurar el periodo ordinario de sesiones: 
".. en el año dos mil diez se entregaron cuatrocientas veintitrés viviendas que están ahí discriminadas por lugar, estamos próximos a finalizar las ciento diez viviendas que son por Círculo Cerrado y en esta semana iniciamos la construcción de ciento veintinueve viviendas que fue el Círculo Cerrado que cerró en febrero de dos mil once, que hubo ciento treinta y ocho inscriptos y que estoy enviando para la primera sesión del Concejo Deliberante la compra de nueve terrenos, que con diseño especial pasan a ser diez, para lograr que todos los inscriptos en este sistema de Círculo Cerrado puedan acceder a la vivienda. Creo que es un esfuerzo del Municipio, estamos cubriendo la necesidad de un sector de la población, con un ingreso bastante importante, que no califican para el crédito bancario y que tampoco pueden acceder a la vivienda social, debido a que, por tener ingresos mayores para esos planes quedarían a fuera de todo sistema social. En esto también debemos decir que estamos trabajando con Provincia y Nación para obtener financiación, tenemos en Provincia la aprobación técnica para la construcción de ciento ocho viviendas que estarían financiadas por el ANSES 2, cuando la Provincia reciba los fondos estaríamos en condiciones de realizar ciento ocho casas; estamos haciendo la parte técnica para la construcción de trescientas viviendas a través del Plan “Compartir” que es importante a pesar de los problemas que trae al municipio porque las cuotas son descontadas directamente de la Coparticipación, pero bueno, son viviendas que favorecen a un sector importante de la población que es el más  necesitado y el que más necesidades tenemos, estamos gestionando en Nación cuarenta viviendas a través del Plan “Mejor Vivir” que también lo tenemos aprobado, nos han mandado a actualizar los valores porque quedaron de acuerdo a la inflación, quedaron fuera de valor y estamos gestionando también en Nación la posibilidad que nos financien ciento cincuenta casas.."
".. en 30 de Agosto ..  se prevé la construcción de veintiocho viviendas por Círculo Cerrado, en esto estaría mandando también para la primera Sesión Ordinaria, un Proyecto de Ordenanza para subdividir una Manzana a través del diseño especial que nos permite sacar los veintiocho terrenos.." 

Raul Feito, abril de 2012; Mensaje al Concejo Deliberante al inaugurar el periodo ordinario de sesiones: 
".. En el Programa Mejor Vivir que se enviaron 40 expedientes que también están a punto de salir ahora cuando empiecen a funcionar los subsidios, es una cifra cercana a un millón ochocientos mil que nos van a permitir la ampliación, mejoramiento de 40 viviendas.."
".. En Treinta de Agosto.. se iniciaron, en algunas van adelantados, 30 viviendas del Circulo Cerrado.."