Información, Sistemas y Calidad de Vida

Pensando más alla de la coyuntura.
Sistemas de Información Georeferenciada en la administración pública.

La generación creciente de información y documentos es una característica de la sociedad actual. Desde la mitad del pasado siglo XX el fenómeno se acelera. Muchos de ellos son necesarios, pero su cantidad nos rodea y nos agobia.

Y cuando hablamos de documentos no sólo nos referimos al clásico cuyo soporte es el papel que contiene información escrita. Más ampliamente nos referimos a cualquier fuente de información registrada en cualquier soporte. Desde un trozo de piedra de interés histórico hasta el más sofisticado archivo informático conteniendo textos, datos, gráficos, imágenes, sonidos, etc.

Los avances tecnológicos impactan fuerte. Así como la invención de la imprenta produjo cambios revolucionarios en distintos planos, desde que la edición y el acceso a libros y documentos escritos dejaron de ser monopolizada por las elites dominantes, las nuevas tecnologías electro magnéticas, digitales, de comunicaciones por cables, satelitales u otras inalámbricas están produciendo transformaciones casi a diario.

La profusa información explica la necesidad de los programas de administración de datos y de ciertos “buscadores” en Internet. Desde los precursores como Altavista o el argentino Grippo hasta la estrella del momento: Google.

Los efectos los vemos en nuestros ámbitos familiares y profesionales, y también en las organizaciones privadas y públicas.

La administración pública por caso tiene el desafío de incorporar procesos y conocimientos para ganar eficiencia, mejorar servicios, facilitar trámites. Ello es en definitiva más calidad de vida.

Vemos con agrado que la Municipalidad de Trenque Lauquen pueda contar con un Sistema de Información Geográfica (GIS según sus siglas en inglés) como el que está proponiendo la Facultad Regional de la Universidad Tecnológica Nacional –UTN- en alianza con la española de La Mancha y la Universidad del Centro.

Se trata de un sistema mediante el cual la información que consta en distintas bases y áreas municipales se puedan enlazar y referenciar geográficamente, a partir de un programa básico que se complementa con otros públicos o privados (Google Earth o Maps, por ejemplo). Una poderosa herramienta multifacética con aplicaciones y ventajas susceptibles de ir siendo ampliadas y potenciadas con el transcurso del tiempo.

Enhorabuena se puedan resolver las cuestiones instrumentales que hagan posible el proyecto, pues representará un interesante desafío de investigación y desarrollo para nuestra entidad universitaria, un fortalecimiento para la administración municipal y un importante avance comunitario.

(*) Publicado en Diario La Opinión de Trenque Lauquen, Edicíón en papel del domingo 25-7-2010.

Discapacidad y Salud. Derechos y omisiones.


Nuestro ordenamiento jurídico ha avanzado considerablemente para amparar en forma integral a las personas con discapacidad.
Según la ley nacional 22.431 se entiende por persona con a toda aquella que padezca una alteración funcional permanente o prolongada motora, sensorial o mental, que en relación a su edad y medio social, implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.
A partir de la legislación nacional (cuyos pilares son las leyes 22.431 y 24.901), las provincias han ido sancionando normas análogas de adhesión.
En el caso de Buenos Aires la ley 10.592 postula un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, que contempla acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Asimismo, el artículo 19 de dicha ley provincial determina que el Instituto de Obra Médica Asistencial de la Provincia de Buenos Aires I.O.M.A., promoverá y prestará asistencia médica integral a las personas  discapacitadas afiliadas al mismo.
Las obligaciones impuestas a dicha Obra Social pública provincial se condicen con las previstas en el ámbito nacional respecto a todas las obras sociales (art. 2 ley 24.901 y art. 1 ley 23.660), y que también involucraron más recientemente a las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepagan (ley 24.754).-
Pese al avance legislativo reseñado, son frecuentes los casos en que se vulneran derechos reconocidos, obstaculizándose en los hechos el acceso a determinados beneficios.
En ciertas ocasiones esos obstáculos pueden ser sorteados mediante herramientas judiciales (con sustento en la doctrina sentada por la Suprema Corte de Justicia provincial), lo que por diversas circunstancias no se encuentra al alcance de todos los afectados.
Ante estas dificultades, es necesario garantizar desde las municipalidades que las personas con discapacidades y carentes de recursos económicos puedan acceder a los tratamientos indicados por los profesionales pese a las vallas burocráticas formuladas por las obras sociales a la que se encuentran afiliados.
Los municipios pueden asistir en forma gratuita mediante sus prestadores y servicios de salud regulares. A la vez, promover las acciones legales tendientes a obtener el cumplimiento por parte Obras Sociales y/o empresas mutuales o prepagas de las prestaciones que el ordenamiento jurídico les impone ante sus afiliados y por cuyo motivo deba prestar servicios, incluyendo las que persigan el recupero o reembolso de las erogaciones generadas por los incumplimientos u omisiones de los obligados principales.

Matrimonio e Igualdad

Tantas veces somos víctimas de construcciones represivas tradicionales que ni siquiera nos damos cuenta de ello.
No estoy a favor del matrimonio gay, estoy en contra de la discriminación que implica el actual matrimonio exclusivo para heterosexuales.
Los mismos que se oponen hoy son los que se oponían a abolir la esclavitud en 1813, a las leyes justicialistas otorgando igualdad de derechos a las mujeres y a los hijos nacidos fuera o dentro del matrimonio, y los que hace mucho menos tiempo se opusieron al divorcio vincular.
Esos avances en la igualdad de derechos civiles hoy nos parecen obvios, pero tuvieron tantas resistencias como éste que propicia que dos personas puedan casarse sin más requisitos que ser mayores de edad y estar unidas por un lazo sentimental.
Publicado en Diario Nep 28-6-2010  http://www.diarionep.com.ar/detnoticias.php?cod=3269