INEQUITATIVA ASIGNACION DE DIPUTADOS NACIONALES

 #AgendaPBA

   La representatividad que da sustento a la democracia en la República Argentina, en lo atinente a la conformación de ambas cámaras del Congreso, está prevista en nuestra Constitución Nacional. 

   En el caso de la Cámara de Diputados, sus integrantes son elegidos directamente en proporción a la población de cada provincia por un período de cuatro años. Es por ello que, a los fines electorales, el país se divide en 24 distritos (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) debiendo elegir cada uno de ellos sus diputados en forma proporcional al número de habitantes.

    La inteligencia constitucional es clara al establecer igualdad de representación a las provincias en el Senado, asignando igual cantidad de senadores para cada una de ellas, mientras que los diputados son asignados de acuerdo al tamaño de la población.

    La última ley dictada en ese sentido fue la 22.847, del año 1983, según la cual, en función de la cantidad de habitantes que surgió del censo realizado en 1980, se definió que un diputado por cada 161.000 habitantes. Sin embargo, la misma ley establece que cada provincia y la Capital Federal deben adicionar, a la cifra resultante, tres diputados más. Y si aun así, en alguna unidad federativa la cantidad de diputados que su pueblo elige fuera inferior a cinco, el mínimo se eleva a esa cantidad, lo que ha desvirtuado la proporcionalidad pretendida por la Constitución.

    Así las cosas, hace cuarenta y tres años que no se modifica la cantidad de Diputados Nacionales, aun cuando, desde entonces, la población aumentó un 65%, siendo evidente que en la distribución actual, la Provincia de Buenos Aires se ve perjudicada. 

    Del cruce entre los resultados del censo de población 2022 y la actual conformación de la Cámara de Diputados de la Nación se desprende que la provincia de Buenos Aires es la más subrepresentada y, en consecuencia, la más perjudicada. Otras provincias sufren el mismo fenómeno, aunque en menor medida. 

    Entendemos que la falta de proporcionalidad descrita tiene por causas criterios políticos de anteriores momentos históricos, que han llevado a violentar el espíritu constitucional. En la realidad no se ajustó la designación a los resultados reflejados en los censos.

    Corresponde propiciar entonces modificaciones legislativas que respeten la representatividad perseguida en nuestro texto constitucional en la Cámara baja, lo que otorgará mayor equilibrio federal y aumentará la calidad en la representación y comunicación entre representantes y representados.

    En otras palabras, las leyes que reglamentan disposiciones constitucionales deben satisfacer la voluntad de los constituyentes en todas las cláusulas de la ley suprema en general, y en torno a la organización política nacional en especial, ajustando la cantidad de representantes en la medida que se incrementa o decrece en términos relativos la población de cada provincia o de la Ciudad Autónoma.

DISCRIMINATORIA DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS FEDERALES

#AgendaPBA

    La Constitución Nacional define la distribución de competencias entre el gobierno federal y las provincias. En materia impositiva se mantiene la división entre impuestos directos e indirectos, entre otros criterios establecidos por su artículo 4º. Por un lado surge la separación de fuentes, asignando al gobierno federal los derechos aduaneros y los directos a las provincias; y por otro lado se admite concurrencia en los impuestos indirectos y en los directos bajo ciertas condiciones. 

    El régimen de coparticipación inserto por la Reforma del año 1994 -según explicó el convencional Rubén Marín como miembro informante- reconoce sucintamente varios fundamentos: ajustar el texto normativo constitucional a la práctica de distribución fiscal previa, “eliminando de esta manera una situación de incertidumbre jurídica; conferir racionalidad a la administración y distribución de recursos financieros y fiscales entre las diferentes jurisdicciones; estructurar un espacio institucional de concertación federal desde donde se diseñe, en un marco de participación igualitaria, la matriz tributaria y la pauta distributiva de los fondos que se recauden..”

    Ante la violación del mandato constitucional, que en la cláusula transitoria Sexta impuso un plazo vencido hace casi tres décadas como límite para el dictado de la ley convenio, se han escuchado opiniones que para justificar tal incumplimiento han considerado que son casi imposibles de cumplir dichos requisitos. En cualquier caso, se sostienen situaciones claramente inconstitucionales y discriminatorias que hieren con gravedad nuestro sistema institucional federal.

    Es necesario alcanzar un nuevo mecanismo de coparticipación con criterios de solidaridad y lealtad federales. La frustración de las previsiones constitucionales del 94 ha provocado el aumento de las transferencias discrecionales.

    En el caso de nuestra provincia de Buenos Aires -en la que se asienta aproximadamente el 37% de la población total del país; se produce más del 43% de los bienes y se generan más del 35% de las exportaciones totales- se registran dolorosas asimetrías, configurando graves injusticias, luego de analizar los saldos netos proporcionales de los recursos coparticipados más las transferencias discrecionales. 

    A ello se suma más recientemente la supresión del fondo del financiamiento educativo; la retención de los recursos ingresados al Fondo Fiduciario Sistema de Infraestructura del Transporte administrado por el Estado Nacional (que se nutre con el impuesto a los Combustibles y el Impuesto País percibido en 2024); y de los fondos afectados a obras viales provenientes de impuestos a los combustibles; entre otros importantes rubros que también afectan a los municipios bonaerenses.

    No sólo corresponde que se promuevan las acciones y las modificaciones legislativas necesarias para la justa distribución de los recursos coparticipados, remediando la actual situación discriminatoria que afecta gravemente a la Provincia de Buenos Aires y a sus Municipalidades, sino también que se tenga en cuenta una reparación histórica por la pérdida en términos comparativos de lo que la Provincia ha recibido en relación a los recursos totales durante los últimos años. En este contexto interesa revisar especialmente los mecanismos generales y particulares de coparticipación vigentes entre el Estado Nacional y la Provincia de Buenos Aires.

    Sin un adecuado régimen de coparticipación automática de fondos a favor de las provincias el federalismo se convierte en una simple ficción.

NUESTRAS GLORIAS PRETÉRITAS

   Acceso a la vivienda en Trenque Lauquen.


Son frecuentes las referencias a nuestro municipio de Trenque Lauquen como precursor de políticas de acceso al suelo urbano, especialmente en lo vinculado al dispositivo creado en 2009 para la captación de parte del aumento del valor de la tierra para el beneficio de la comunidad, bajo la idea que esa plusvalía proviene de la acción de personas o instituciones distintas al propietario.

La última cita la leemos en la columna del urbanista Federico Poore en Cenital (https://cenital.com/sin-la-secretaria-de-vivienda-quien.../), lo que nos lleva a preguntarnos si en realidad existe hoy alguna política local vigente para facilitar el acceso a la vivienda, o hemos abandonado aquellas herramientas que supimos diseñar y ejecutar (consorcios urbanísticos, círculos cerrados, infraestructuras barriales), las que sólo persisten como orgullosos recuerdos de pasado.

ANTEOJERAS IDEOLÓGICAS DE LAS "ENTIDADES DEL CAMPO"

      Las posiciones políticas de CARBAP le tapan el bosque. El caso Trenque Lauquen.

   Las gremiales patronales agropecuarias caen en el mismo sesgo ideológico que le reprochan a sus despreciados sindicatos de empleados.

  Asi como devalúan las posiciones sindicales tachándolas de peronistas o izquierdistas, fijan sus propias políticas y acciones gremiales empresarias desde posicionamientos politicos que muchas veces divergen de los intereses econónimos de sus representados.

   Las principales organizaciones (SRA, CARBAP, CONIAGRO) parecen elegir apuntar sus cañones contra municipios y provincias, pero absteniéndose de confrontar con el gobierno nacional, al que preservan por afinidad con las directrices libertarias y derechistas de sus políticas.

    En el marco de ese despliegue de acciones gremiales con doble vara, CARPAB publica ahora un informe sobre el costo de los servicios de mantenimiento y mejorado de la red vial en Buenos Aires y La Pampa; mientras guardan silencio ante la intervención estatal en el mercado de cambio -que atrasa el dólar- y la persistencia de impuestos aduaneros que Milei les había prometido eliminar.

   Omiten indicar que por las tasas que resisten reciben, con luces y sombras por cierto, servicios que le posibilitan sacar la producción a industrias y puertos, mientras que por las odiadas “retenciones” (con un impacto económico significativamente superior) no vuelve un solo peso a la provincia, a los municipios ni a sus habitantes, pues no integran la masa coparticipable de impuestos.

   Para colmo en el referido informe el distrito de Trenque Lauquen (la patria chica del actual presidente de CARBAP) queda escrachado como uno de los más caros de la provincia.

    En casa de herrero, cuchillo de palo.

LA ESCUELA MUNICIPAL TAMBIEN CUMPLE 90

       #TrenqueLauquen

    El 9 de julio de 1935 el entonces intendente Agustín Mendive de Trenque Lauquen envió un proyecto al Honorable Concejo Deliberante y por medio de la Ordenanza N°49/1935 se resolvió la creación en Trenque Lauquen de la denominada en ese origen como “Escuela Municipal de Educación y Formación Laboral”.  

   No es casual que ocurriera el mismo año de creación del Jardin de Infantes nro. 1 (hoy 901), porque detrás de ambas iniciativas estaba la figura del notable educador Jaime Glattstein, quien fue su primer director.

    La ordenanza de creación establecía el dictado de cursos de enseñanza primaria y de cursos especiales tales como dibujo industrial, contabilidad, corte y confección, entre otros.

    En su transcurrir la institución se desarrolló y creció constantemente. A través de estas nueve décadas viene dando respuestas a las necesidades de la comunidad, brindando desde sus orígenes un lugar destinado a adultos y a una amplia franja de la población.

    En la actualidad sigue ofreciendo una variada gama de cursos y capacitaciones, siendo un orgullo de la comunidad local, lugar de encuentro y de desarrollo con oportunidades de crecimiento individual y colectivo, lo que motiva el reconocimiento y la conmemoración que seguramente ocurrirá.

ABANDONAR LA OBRA PUBLICA TAMBIEN ES UNA ESTAFA

 #LaEstafaAvanza

   La actual conducción del gobierno nacional ha establecido como premisa que el estado debe prescindir de ejecutar obra pública.
   Durante el Ejercicio 2024 no se planificó ninguna obra nueva y se paralizó el financiamiento de casi la totalidad de las que estaban en marcha.
   La mayor parte de la obra pública se dedica, en todos los paises, a la construcción, mejoramiento o conservación  de infraestructuras básicas. Rutas, canales, puentes, puertos, elevadores, ductos para el trasporte de gas, petroleo, agua o electricidad, edificios y equipamientos para los servicios de salud, seguridad, educación, justicia, presidios, y la lista sigue.
   Haber alcanzado el declamado equlibrio fiscal mediante la reducción de jubilaciones y salarios, y la eliminación de la inversión en infraestructuras es una manta corta.
   Cualquier empresario privado sabe que debe contablizar la amortización de los bienes afectados a su proceso (productivo, comercial o de servicios). 
   La empresa transportista tiene que calcular la necesaria reposición de las unidades de su flota, un industrial sabe que la vida útil de sus maquinarias es limitada, y hasta los instrumentos de un oficio o profesional deben ser periódicamente repuestos.
  Quien no hace tales previsiones en algún momento se verá impedido de funcionar, luego el funcionamiento de la actividad se verá en peligro de subsistencia.
    Algo parecido ocurre en el sector público. El deterioro paulatino de la infraestructura es costoso en términos de productividad, crecimiento económico y calidad de vida de las personas.
    Lo que hoy el régimen libertario festeja como un logro es en realidad un pasivo creciente que costará años recuperar.

EL PRIMER JARDIN DE INFANTES CUMPLE 90

Durante este 2025 se cumple el 90° Aniversario de la creación del Jardín de Infantes 901 de Trenque Lauquen, el primer establecimiento de su tipo en la provincia de Buenos Aires.

   Abrió sus puertas el 10 de mayo de 1935 aunque oficialmente se inauguró el 9 de julio de ese año.

   Conforme se informa desde el portal oficial de educación bonaerense mediante el Museo de los Jardines Infantes, el Jardín fue creado en Trenque Lauquen en el año 1935. En aquel momento figuraba como “Anexo” de la Escuela Municipal de Adultos que permitió inferir distintas hipótesis acerca del nivel de importancia que se le dio al proyecto de creación de un Jardín de Infantes.

   De las publicaciones y de la documentación de la época se desprende que la creación se debió a gestiones realizadas por Jaime Glattstein, un maestro que había llegado a Trenque Lauquen y que motivó al Intendente Municipal Agustín Mendive para brindar un servicio educativo en los dos nuevos niveles de enseñanza.

   Jaime Glattstein fue el primer Director de la nueva institución y Sara Marino, la primera maestra especializada, egresada de la Escuela Nacional de Profesorado de Jardín de Infantes “Sara C. de Eccleston”. 

   Esta experiencia pasó a ser tan relevante que se capitalizó como referente, en 1939, para la creación de un Jardín de Infantes “anexo” a la Escuela Municipal de Pehuajó, e inspiró al Diputado Provincial Jorge Alberto Simini, residente también en Trenque Lauquen, para la elaboración de un Proyecto de Ley que establecía la obligatoriedad del Jardín de Infantes desde los 3 hasta los 5 años. La Ley fue aprobada por unanimidad en la Legislatura Provincial y se sancionó en 1946, como Ley 5096.

   El edificio del Jardín Nº 901 de Trenque Lauquen fue declarado Monumento Histórico Provincial por Ley 11.036 de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires. El documento de la declaración reza: “declárase Monumento Histórico Provincial al inmueble ubicado en la calle Avellaneda entre 25 de Mayo y Tte. Gral. Uriburu de la ciudad de Trenque Lauquen, sede del Jardín de Infantes 901”.

   El 7 de septiembre de 2011 se inauguró el Museo Provincial de los Jardines de Infantes y se reinauguró la Sala de Cine del Jardín Nº 901.

   Un proyecto ha sido presentado en la Legislatura bonaerense por el senador casarense Walter Torchio, mediante el cual se resalta el hecho que en una ciudad del interior provincial diera a luz el primer establecimiento de educación formal inicial postundo que su aniversario 90 es merecedora de reconocimiento y conmemoración.

APAGON DEL RADAR METEREOLOGICO DE ANGUIL

    #LaEstafaAvanza

    En octubre del pasado 2024 se informó que el radar meteorológico situado en la Estación Experimental Agropecuaria Anguil (La Pampa) del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), quedaba fuera de servicio debido a problemas técnicos que tardaron en diagnosticarse. Desde entonces ha cesado su funcionamiento, por las dificultades generadas desde el gobierno nacional para el reemplazo de las partes correspondientes.

    Dicho radar, que integra el Sistema Nacional de Radares Meteorológicos (RMA), se encuentra ubicado al Este de la provincia de La Pampa y con un radio de cobertura superior a los 200 kilómetros, por lo que sirve a un amplio sector del Noroeste de la provincia de Buenos Aires.

    Tanto para los núcleos urbanos como para la producción agropecuaria, su funcionamiento permite detectar eventos de tiempo severo y mejorar la eficiencia de los pronósticos a corto plazo.

    Los RMA cuentan con una capacidad de detección estandarizada de “ecos” de lluvia de hasta 240 kilómetros de distancia, variable extensible a más de 400 kilómetros según requerimiento, y puede calcular la velocidad de movimiento de partículas a una distancia de hasta 120 kilómetros.

    Los “ecos” son señales que devuelven las precipitaciones o partículas que están a kilómetros de distancia cuando la onda emitida por el radar rebota en ellas. De esta manera, puede realizarse un seguimiento en tiempo real de sistemas de tiempo severo, visualizar su movimiento, predecir su dirección, aproximar la cantidad y tipo de precipitación que producen y determinar su severidad.

    A partir de ese análisis, el Servicio Meteorológico Nacional, organismo oficial de emisión de pronósticos, puede declarar alertas meteorológicos a corto plazo, a la vez que sirven de uso a diversos organismos, tales como a la Fuerza Aérea Argentina, la Armada Argentina, el INTA, la propia SIPH, Universidades, instituciones científico-académicas, entre otros.

    Un proyecto recogiendo las preocupaciones por esta cuestión, y reclamando por el pronto restablecimiento del servicio, ha sido presentado esta semana en la Legislatura bonaerense por el senador casarense Walter Torchio.