Información, Sistemas y Calidad de Vida

Pensando más alla de la coyuntura.
Sistemas de Información Georeferenciada en la administración pública.

La generación creciente de información y documentos es una característica de la sociedad actual. Desde la mitad del pasado siglo XX el fenómeno se acelera. Muchos de ellos son necesarios, pero su cantidad nos rodea y nos agobia.

Y cuando hablamos de documentos no sólo nos referimos al clásico cuyo soporte es el papel que contiene información escrita. Más ampliamente nos referimos a cualquier fuente de información registrada en cualquier soporte. Desde un trozo de piedra de interés histórico hasta el más sofisticado archivo informático conteniendo textos, datos, gráficos, imágenes, sonidos, etc.

Los avances tecnológicos impactan fuerte. Así como la invención de la imprenta produjo cambios revolucionarios en distintos planos, desde que la edición y el acceso a libros y documentos escritos dejaron de ser monopolizada por las elites dominantes, las nuevas tecnologías electro magnéticas, digitales, de comunicaciones por cables, satelitales u otras inalámbricas están produciendo transformaciones casi a diario.

La profusa información explica la necesidad de los programas de administración de datos y de ciertos “buscadores” en Internet. Desde los precursores como Altavista o el argentino Grippo hasta la estrella del momento: Google.

Los efectos los vemos en nuestros ámbitos familiares y profesionales, y también en las organizaciones privadas y públicas.

La administración pública por caso tiene el desafío de incorporar procesos y conocimientos para ganar eficiencia, mejorar servicios, facilitar trámites. Ello es en definitiva más calidad de vida.

Vemos con agrado que la Municipalidad de Trenque Lauquen pueda contar con un Sistema de Información Geográfica (GIS según sus siglas en inglés) como el que está proponiendo la Facultad Regional de la Universidad Tecnológica Nacional –UTN- en alianza con la española de La Mancha y la Universidad del Centro.

Se trata de un sistema mediante el cual la información que consta en distintas bases y áreas municipales se puedan enlazar y referenciar geográficamente, a partir de un programa básico que se complementa con otros públicos o privados (Google Earth o Maps, por ejemplo). Una poderosa herramienta multifacética con aplicaciones y ventajas susceptibles de ir siendo ampliadas y potenciadas con el transcurso del tiempo.

Enhorabuena se puedan resolver las cuestiones instrumentales que hagan posible el proyecto, pues representará un interesante desafío de investigación y desarrollo para nuestra entidad universitaria, un fortalecimiento para la administración municipal y un importante avance comunitario.

(*) Publicado en Diario La Opinión de Trenque Lauquen, Edicíón en papel del domingo 25-7-2010.

Discapacidad y Salud. Derechos y omisiones.


Nuestro ordenamiento jurídico ha avanzado considerablemente para amparar en forma integral a las personas con discapacidad.
Según la ley nacional 22.431 se entiende por persona con a toda aquella que padezca una alteración funcional permanente o prolongada motora, sensorial o mental, que en relación a su edad y medio social, implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.
A partir de la legislación nacional (cuyos pilares son las leyes 22.431 y 24.901), las provincias han ido sancionando normas análogas de adhesión.
En el caso de Buenos Aires la ley 10.592 postula un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, que contempla acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Asimismo, el artículo 19 de dicha ley provincial determina que el Instituto de Obra Médica Asistencial de la Provincia de Buenos Aires I.O.M.A., promoverá y prestará asistencia médica integral a las personas  discapacitadas afiliadas al mismo.
Las obligaciones impuestas a dicha Obra Social pública provincial se condicen con las previstas en el ámbito nacional respecto a todas las obras sociales (art. 2 ley 24.901 y art. 1 ley 23.660), y que también involucraron más recientemente a las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepagan (ley 24.754).-
Pese al avance legislativo reseñado, son frecuentes los casos en que se vulneran derechos reconocidos, obstaculizándose en los hechos el acceso a determinados beneficios.
En ciertas ocasiones esos obstáculos pueden ser sorteados mediante herramientas judiciales (con sustento en la doctrina sentada por la Suprema Corte de Justicia provincial), lo que por diversas circunstancias no se encuentra al alcance de todos los afectados.
Ante estas dificultades, es necesario garantizar desde las municipalidades que las personas con discapacidades y carentes de recursos económicos puedan acceder a los tratamientos indicados por los profesionales pese a las vallas burocráticas formuladas por las obras sociales a la que se encuentran afiliados.
Los municipios pueden asistir en forma gratuita mediante sus prestadores y servicios de salud regulares. A la vez, promover las acciones legales tendientes a obtener el cumplimiento por parte Obras Sociales y/o empresas mutuales o prepagas de las prestaciones que el ordenamiento jurídico les impone ante sus afiliados y por cuyo motivo deba prestar servicios, incluyendo las que persigan el recupero o reembolso de las erogaciones generadas por los incumplimientos u omisiones de los obligados principales.

Matrimonio e Igualdad

Tantas veces somos víctimas de construcciones represivas tradicionales que ni siquiera nos damos cuenta de ello.
No estoy a favor del matrimonio gay, estoy en contra de la discriminación que implica el actual matrimonio exclusivo para heterosexuales.
Los mismos que se oponen hoy son los que se oponían a abolir la esclavitud en 1813, a las leyes justicialistas otorgando igualdad de derechos a las mujeres y a los hijos nacidos fuera o dentro del matrimonio, y los que hace mucho menos tiempo se opusieron al divorcio vincular.
Esos avances en la igualdad de derechos civiles hoy nos parecen obvios, pero tuvieron tantas resistencias como éste que propicia que dos personas puedan casarse sin más requisitos que ser mayores de edad y estar unidas por un lazo sentimental.
Publicado en Diario Nep 28-6-2010  http://www.diarionep.com.ar/detnoticias.php?cod=3269

Ampliación urbana

Ref.: El presente informe tiene por objeto suministrar una aproximación al marco legal de los distintos aspectos involucrados en el Proyecto de Ampliación Urbana (Chacra 221 y aledañas).
Planificación y orden jurídico.

* Así como se entiende el urbanismo como una actividad interdisciplinaria que amalgama las ciencias sociales, económicas y técnicas; en su enfoque jurídico se encuentran involucradas normas legales y administrativas de diversa naturaleza.

* En urbanismo se planea, se obtienen consensos, y luego se actúa. Buscando corregir tendencias negativas existentes y/o implementar nuevos centros. Se ejecuta desde lo público, en primera instancia desde el Municipio. Pero es necesaria la coordinación con las instancias supramunicipales de decisión para desarrollar eficazmente lo planeado y para garantizar su continuidad.

Expansión Urbana.

* Sin dudas que en el centro se encuentra el Decreto Ley 8.912/77 (Texto Ordenado por Decreto 3.389/87 con las modificaciones del Decreto-Ley N° 10.128 y las Leyes N° 10.653 y 10.764) sobre Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo.

* Pero también deben merecer atención las regulaciones vigentes en torno a la preservación del medio ambiente, la provisión de servicios esenciales, y las reglamentaciones en materias patrimonial y financiera.

* Cuanto al DL 8912 resultarían aplicables en particular lo previsto en sus artículos 16 al 18 para la ampliación de núcleos urbanos existentes. Sin perjuicio de la necesidad de cumplimiento de todos los requerimientos previstos en los incisos del artículo 17, se hace notar las circunstancias excepcionantes respecto del inciso a) que estatuye el artículo 18.

* Por otro lado, en tanto el Proyecto de expansión urbana afecte actuales zonas rurales que tornaren aplicables el artículo 55, debe tenerse presente lo reglamentado al respecto por el Decreto 1372/88.-

Régimen de Zonificación.

* Mediante el Decreto 1562/03 el Departamento Ejecutivo de este Distrito creó el Comité de Planeamiento Municipal con el objetivo de proceder al estudio urbano y área periurbana de la ciudad de Trenque Lauquen, a fin de establecer un nuevo Código de Zonificación y el futuro desarrollo urbano de la ciudad cabecera del distrito. Aprobado mediante Ordenanza 2664/05 el nuevo código viene a actualizar el establecido por la Ordenanza 40/79 –modificada por la 759/93- (nota posterior del autor: Ordenanza modificada).

* Sin perjuicio que la última Ordenanza dictada requerirá de adecuaciones a partir de las observaciones que pudieran surgir de los organismos provinciales competentes (especialmente del Sector de Ordenamiento Urbano dependiente de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires), vale rescatarla como el fruto del estudio más actualizado de urbanismo para la ciudad.

* Debe tenerse también en cuenta que el Proyecto actualmente en estudio requerirá modificaciones a la zonificación tal como fuera aprobada en el año 2005 para el área en cuestión. Por ello cabe resaltar contenidos de la Ordenanza del año 2005 (y del trabajo multidisciplinario que la precedió) que son significativos para el actual proyecto de ampliación urbana. Por ejemplos, entre sus “Objetivos” la Ordenanza referida plantea la necesidad de orientar el crecimiento urbano promoviendo el completamiento de la planta urbana actual y la ampliación ordenada de ella según las necesidades de expansión que se verifiquen (inciso h), incorporando nuevas áreas en forma gradual, a las que se les suministrará la infraestructura necesaria. También, consolidar nuevas centralidades barriales, integrando en un mismo lugar la escuela, sala de salud y áreas deportivas (inciso r). Por su laso, en las “Líneas de Acción” subrayamos la necesidad de crecimiento hacia las áreas al Norte de la ciudad, dada las limitaciones existentes en las demás orientaciones. Deberá ponerse atención en el impacto del nuevo proyecto sobre las categorías reguladoras tales como “Avenidas de Circunvalación”, “Zona de Bandas”, “Jerarquización Vial”, etc. Respecto de la Expansiones Urbanas previstas, adviértase que el grueso de las chacras involucradas pertenecen al área ahora abarcada por el Proyecto de Ampliación actual (286, 271,, 256, 241, 255, 244). Deberán efectuarse las adecuaciones que al respecto correspondan. Tiene implicancia, entre otras líneas de acción previstas, la propuesta de un nuevo parque en los bordes de la Laguna Huencú Nazar. En cuanto a las normas generales aprobadas (Capítulo 3), vale tener presente que la subdivisión del suelo debe ajustarse al citado decreto 8912, mediante nuevos amanzanamientos y/o macro manzanas, definiendo zonificaciones conforme factores de ocupación, densidades, morfologías, medidas, superficies y usos. El punto 3.2.6 atiende las regulaciones respecto de fraccionamientos sobre lagunas permanentes. Y el punto 4.2.2. prevé para las nuevas extensiones urbanas las categorías R.4, R.P., C.I.S, E.V.P., y E.C.- Ello sin perjuicio de las reservas para futuras ampliaciones (R.U.).-

* En suma, insistimos: el Código de Zonificación para la Ciudad de Trenque Lauquen conforme Anexo a la Ordenanza 2664/2005 deberá readecuarse a partir de: a) Las observaciones que surjan desde la Dirección de Geodesia provincial y/u otro organismo competente; b) El impacto sobre las previsiones del año 2005 producidas por el Proyecto en desarrollo de Ampliación Urbana del año 2008 (cuestionablemente denominado Ciudad Satélite).

Adquisición de tierras.

* La expansión propiciada implica la necesidad de un proceso destinado a obtener tierras privadas disponibles para la acción pública.

* Ello se puede alcanzar mediante acuerdos directos con los actuales propietarios, tal como ha ocurrido recientemente con la chacra 221 y lo autorizado por el Concejo Deliberante (art. 54 L.O.M. - Ordenanza 3118/08).-

* En defecto de dichos acuerdos, el procedimiento expropiatorio es el medio adecuado para lograr la satisfacción de los intereses públicos y generales, sin lesionar los intereses privados o particulares: la calificación de utilidad pública y la indemnización previa satisfacen esa última exigencia (art. 17 C.N.; art. 31 C.P.; Leyes nacionales 21.499 y 21.626; Ley provincial 5708 y sus modificatorias).

* Conviene hacer notar que aparte del proceso judicial típico, conectado con el mismo existan variantes legales tales como los acuerdos directos extrajudiciales o administrativos entre expropiante y expropiados.

* También el caso especial para inmuebles afectados por las nuevas calles, caminos, canales y sus obras accesorias que deban trazarse (art. 3 segundo párrafo ley 5708).-

* En cualquier caso, para el uso de la vía expropiatoria deberá ponerse atención la oportunidad de actuación en función de las pautas involucradas en la determinación del valor indemnizatorio para que a la época del avalúo no se hayan generado circunstancias que lo tornen más gravoso.

Adjudicaciones y financiaciones.

* Si los objetivos centrales pasan por facilitar el acceso a una vivienda digna (parte final art. 14 bis C.N.) y/o a la propiedad de un lote de terreno apto para erigir vivienda familiar única y de ocupación permanente (art. 36 apartado 7 C.P.), operando sobre las actuales carencias y distorsiones del mercado de tierras, el proceso de venta y/o adjudicación de parcelas tendrá un papel central en el verdadero éxito del emprendimiento. Más allá de los aspectos socioeconómicos que las tareas político-administrativas deberán atender, nos limitamos aquí a puntualizar algunas cuestiones jurídicas significativas.

* En caso de ser el Municipio quien en forma directa dispone de las parcelas, deberían observarse los condicionamientos previstos en los arts. 158 a 160 L.O.M., sin perder de vistas las excepciones también admitidas.
Algunos requisitos restrictivos tales como tiempo de residencia mínima anterior en el distrito, cantidad de parcelas requeridas por persona o por grupo familiar serían razonables y legalmente admisibles.
Otras circunstancias familiares (número de integrantes del núcleo familiar, existencia de hijos menores de edad) y/o de ingresos deberían ser ponderadas para facilitar el acceso o diferenciar las condiciones de adjudicación.

* Dichas regulaciones, y otras que se reputen convenientes, deberían mantener vigencia aún en el supuesto que no sea el Municipio quien directamente opere, sino que lo haga por medio de ente autárquico, consorcio, cooperativa, sociedad o mediante fideicomiso.

* A propósito de estas alternativas, deberá efectuarse un análisis previo de la viabilidad legal ante cada caso particular que se evalúe. Pues según sea el mismo, se encontrarán involucradas normas de distinto origen y sentido (a modo de ejemplo, citamos los incisos 4, 5 y 6 del art. 193 Const. Prov.; L.O.M. arts. 44, 45, 45, art. “nuevo” según ley 12.929, 54, 55, 60, 132 y siguientes; etc.).-

Promoción, desarrollo y regulaciones con efectos posteriores.

* Deben preverse mecanismos jurídicos eficientes para desalentar la especulación inmobiliaria, de modo que se garantice la efectiva movilización del suelo urbano, evitando la persistencia de parcelas baldías o con edificaciones paralizadas.

* El marco legal atribuye amplias facultades a los municipios en esta materia (art. 2 inc. e DL 8912). Algunas herramientas jurídicas utilizables pueden ser la creación de gravámenes específicos, obligaciones de edificar en plazos a determinarse, la imposición de multas proporcionales a grado de construcción faltante y hasta la expropiación-sanción (ver arts. 84 y siguientes). Tales medidas deberían tener por objetivos efectos orientadores, estimulantes y/o disuasorios.

Las instituciones jurídicas pilares.

Dicho al final, pero en realidad son los cimientos.

* La función social del derecho de propiedad.

* Las facultades regulatorias y de intervención socioeconómica del Estado, superando el paradigma liberal clásico.

* Que tanto las garantías liberales y como las sociales establecidas por la Constitución tienen la misma jerarquía, pesando sobre los poderes constituidos la obligación de tornarlas operativas a todas ellas.

Trenque Lauquen, mayo de 2009.
Julio César COLLADO – Abogado (*)
(*) Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad
Nacional de Buenos Aires (U.B.A.), 1986.

La vieja receta (escrito en 2001)

Lo que sigue fué escrito en el año 2001 en el diario La Opinión de Trenque Lauquen.

Resulta interesante releerlo ocho años despues.
Cuánto se avanzó, cuánto se retrocedió, cuántas oportunidades se perdieron desde entonces hasta ahora, cuando la restauración neoliberal acecha..
Aqui va..

EL FINAL DEL MODELO
Por Julio Collado

    Terminamos el siglo pasado con la ilusión de estar comenzando una nueva etapa, pero este 2001 nos ha demostrado con toda crudeza que, en rigor, sólo hemos llegado al final de un camino.

    No creo que Juan Perón haya pretendido la exactitud temporal que resultó tener su “unidos o dominados”. Pero el dramático agotamiento del sistema de poder y de distribución del ingreso acaecido en estos últimos años ratifican la visión del mundo y del país del viejo caudillo.

    El camino al que aludíamos es el iniciado en 1976 con Martinez de Hoz y la dictadura militar, el que hemos seguido transitando con distintas ropas desde entonces. El de la Argentina dependiente, colonizada, concentrada e injusta.

    Más allá de haber sido defraudados desde que las ofertas electorales siempre mutaron hacia el mismo modelo perverso, también es cierto que todos deberíamos analizar si no hemos sido demasiado complacientes en dejar avanzar tan campante un proceso que ha destruido tan cruelmente el aparato productivo y el tejido social.

    Es cierto que el esquema se ha sostenido mediante un sistema de dominación con múltiples herramientas, entre las que se ha destacado el comunicacional. Los mismos ilustrados de siempre repetían sin cansancio que la apertura y desregulación de la economía (claro que con un precio fijado por ley, el del dólar), y el libre movimiento de capital especulativos iban a generar un crecimiento tal que, en su derrame, iba a beneficiarnos a todos. Queda claro que no se derramó nada, y hasta lo poco que había ha quedado vaciado.

    Estamos quebrados y buena parte de la población lucha diariamente contra el hambre y otras necesidades básicas. Ya no hay riesgo país que nos asuste. ¿Nos decidiremos a cambiar de rumbo?

    El nuevo modelo debe estar basado en el trabajo y la producción, la inclusión social y la justicia distributiva.

    Pero antes, y para llegar a eso, será necesario cambiar las ideas vigentes. Rearmar nuestra escala de valores y terminar con los gatopardistas y las hipocresías. Hasta nuestro lenguaje necesita retoques: Ahora no somos más el Pueblo –dueño y fuente del poder político-, porque hemos pasado a ser “la gente” –simple espectadora de lo que deciden otros-.

    Necesitamos recrear la confianza en el sistema de representación social y política. Si no tenemos lideres es porque no los generamos. Si son siempre los mismos es porque nos los echamos.

    Y hasta podemos llegar a descubrir que, al final, es más simple de lo que parece: Lograr tener un gobierno que haga lo que el Pueblo quiera. Ni más ni menos.

Historia de una foto



Napalm Girl
Por Juan Forn

  La mañana del 8 de junio de 1972 el fotógrafo vietnamita Nick Ut se presentó como todos los días en el edificio Eden, donde estaban las oficinas de Associated Press en Saigón, y partió hacia el destino que le encomendaron para esa jornada: la aldea de Trang Bang, unos cuarenta kilómetros al noroeste de la ciudad, donde se anunciaba una inminente ofensiva del Vietcong. Ut iba solo con el chofer en una de las camionetas de AP (la guerra ya había entrado en su última fase y la mayoría de los corresponsales europeos la habían dado por definida cuando los norteamericanos comenzaron a evacuar su artillería pesada). Unos kilómetros antes de llegar a la aldea, Ut y el chofer se toparon en la ruta con un contingente de aldeanos que a pie, en carro o bicicleta abandonaban la zona. Un poco más allá, el viaje llegó a su fin: las tropas sudvietnamitas y los vehículos de prensa esperaban en medio de la ruta que la aviación bombardeara la aldea que se suponía ya ocupada por el Vietcong. Pocos minutos después tuvieron ante sus ojos un espectáculo familiar: el fogonazo de fósforo blanco preanunciando la llamarada de napalm. Sólo les llamó la atención que no se oyera, entre el estruendo, el sonido de las armas antiaéreas del Vietcong defendiéndose. Lo que sí oyeron, en cambio, cuando los aviones se perdían en la lejanía, fueron los gritos espeluznantes de un grupo de niños de la aldea que irrumpieron de la espesura al medio de la ruta. Una de las criaturas se había arrancado la ropa en llamas y trastabillaba desnuda, aullante y con los brazos abiertos, entre soldados que miraban para otro lado.
La nena se llamaba Kim Phuc, tenía nueve años y era hermana del chico de trece que se ve a la izquierda de la foto. Mientras Ut disparaba su cámara, entendió que era a ese hermano a quien gritaba la nena, y lo que decía era: ¡Nong qua, nong qua! (“¡Quema mucho, quema mucho!”). Ut y el chofer lograron detenerla y le echaron el agua de sus cantimploras en el cuerpo. Después la cargaron en la camioneta y arrancaron hacia el hospital de Cu Chi. Sabiendo que los médicos atendían a las víctimas de napalm de acuerdo a su gravedad (léase: sólo a los que tenían chances de sobrevivir), Ut mostró su credencial de AP, disparó un par de veces su cámara, dijo que volvería en unas horas a verificar el estado de la nena y siguió viaje al edificio Eden, en Saigón.
Las fotos se revelaron a las apuradas en el cuarto oscuro de AP, se enviaron como radiofotos a Tokio y de allí a Nueva York, donde se produjo una gresca importante entre los editores, que se negaban a dar un desnudo frontal. El legendario Horst Faas, llegado a Vietnam desde Argelia en 1962 y jefe de AP en Saigón, les gritó por el teléfono que aquello era material para Pulitzer si le hacían caso y mantenían el encuadre amplio de la foto, sin hacer close-up en la nena. Así fue como se publicó la foto, así dio la vuelta al mundo, así ganó el Pulitzer en 1973 (aunque erróneamente atribuida al fotógrafo norteamericano Nick Pat, cosa que se corregiría tres años después).
La imagen era tan estremecedora que el propio general Westmoreland, comandante militar de las tropas norteamericanas en Vietnam, debió salir a declarar que se trataba de “un incidente estrictamente doméstico”: las tropas sudvietnamitas creyeron que el Vietcong seguía en la aldea cuando bombardearon; ningún soldado norteamericano había participado en la operación. Para los yanquis se trataba de evitar a toda costa otro escándalo como el de My Lai (Westmoreland llegó al extremo de informar los nombres de la tripulación de la nave, perteneciente al escuadrón 518 de la Fuerza Aérea de Vietnam del Sur, con base en Bien Hoa). Aun así, la pequeña Kim Phuc se convirtió en un “símbolo nacional de la guerra” que el gobierno comunista vietnamita supo utilizar con eficacia en los años siguientes. Y no sólo para uso interno: en el décimo aniversario de aquella foto, la revista Stern ofreció pagar el proceso de cirugía reconstructiva de Kim Phuc en Alemania Occidental (un total de diecisiete transplantes) a cambio de una exclusiva. Y, a mediados de los ’80, la agencia Prensa Latina anunció que Kim Phuc estaba en Cuba estudiando farmacología, en un programa de intercambio estudiantil socialista.
Mientras tanto, Nick Ut había logrado subir a uno de los últimos helicópteros que dejaron Saigón en 1975, fue a parar a las Filipinas y después a un campamento de refugiados en la base marine de Pembleton, donde logró que Associated Press lo rescatara y lo contratara para su filial en Los Angeles (donde trabaja hasta el día de hoy). Antes de dejar Saigón, Ut había pasado un par de veces por la aldea de Trang Bang y así se había enterado de que, contra todo pronóstico Kim Phuc había sobrevivido y se recuperaba lentamente de sus heridas. Pero sólo volvió a verla en 1987, cuando el Los Angeles Times le propuso una reunión con Kim en Cuba, a quince años de la famosa foto. Poco más tarde, sonó el teléfono en medio de la noche en casa de Ut en Los Angeles: era Kim desde Canadá. Había pedido asilo político cuando el avión de Cubana en el que iba de vacaciones a Moscú paró a recargar combustible en suelo canadiense. Ut hizo los llamados pertinentes y logró que Kim Phuc pudiera quedarse a vivir en Ontario junto a su marido norvietnamita, Bui Hu Toan, a quien había conocido y con quien se había casado en La Habana.
Nick Ut volvió a Vietnam dos veces: en 1993 inauguró la corresponsalía en Hanoi de Associated Press y en 2002 estuvo en Trang Bang, donde sigue viviendo la familia de Kim Phuc, a sólo unos cientos de metros del bombardeo que destruyó la aldea en 1972. Mucho ha cambiado desde entonces en la zona: la ruta es más ancha, el templo Cao Dai es más alto, hay electricidad y agua corriente y hasta televisión satelital en el pueblo. Phan Thanh Tam, el hermano mayor de Kim Phuc que aparecía a su lado en la foto, hoy tiene 41 años y atiende un bar al aire libre en el preciso lugar de los hechos, a un costado de la ruta. Cada vez que le piden que pose junto a la famosa foto, que tiene enmarcada a su espalda, acepta con una sonrisa y ofrece el libro de visitas, donde figuran las firmas de los muchos periodistas que lo han entrevistado. Pero las ganancias que deja el bar son más bien exiguas: hace poco debió cancelar su línea telefónica y sólo se comunica con su hermana por carta.
En cuanto a Kim Phuc, en 1997 fue nombrada embajadora de Buena Voluntad de la Unesco, en 1999 se publicó un libro sobre ella (The Girl in the Picture, escrito por Denise Chong) y en 2002, luego de ser recibida por la reina de Inglaterra, creó la Fundación Kim para Huérfanos de Guerra, financiada con donaciones voluntarias, con sedes en Ontario y Chicago. Pero hasta el día de hoy no ha vuelto a su país natal: “Todavía no estoy lista, ni emocional ni financieramente”, declaró la última vez que fue requerida por la prensa, el 8 de junio de 2007, fecha en que se cumplían 35 años de aquella foto que simboliza como ninguna otra las atrocidades de Vietnam. Ironía de ironías: ese mismo día, Nick Ut logró por segunda vez en su vida que una foto suya ocupara la primera plana de los más importantes diarios norteamericanos. Era la imagen de otra chica que lloraba y gritaba histéricamente. Pero no se trataba de una imagen de guerra; ni siquiera de un evento trágico: era un primer plano de Paris Hilton, ingresando dentro de una limusina al Departamento de Justicia de Los Angeles, a cumplir su condena de 23 días de prisión.
Permalink:http://www.pagina12.com.ar/diario/contratapa/13-123415-2009-04-17.html

Aguante el archivo... La intervención en Irak

Lo que sigue fué escrito y publicado en el diario La Opinión de Trenque Lauquen ANTES de la invasión de EEUU a Irak (recordemos, la prensa argentina apoyaba incondicionalmente, los ciudadanos norteamericanos en un 90% -hoy en un 20%-, Aznar gobernaba España y Blair Gran Bretaña, etc)

Aqui va..

Próximo estreno: TORMENTA DEL DESIERTO II
Por Julio Collado

    Como si se tratara de las interminables series de Rocky, Rambo o La Pistola Desnuda, Jorgito Arbusto —traducción literal de George Bush Jr.— repasa la lista de preparativos para poner en escena la segunda parte de la película que filmó Jorge papi en 1991.

    Tiene centenas de miles de efectivos militares apostados alrededor de Iraq, aviones, portaviones, barcos, misiles y bombas. Sólo le falta una razón que resulte creíble para el resto del mundo.

    Porque las verdaderas son inconfesables: que el Partido Republicano representa al complejo industrial-militar estadounidense y que bajo los pies de los iraquíes se encuentra la segunda reserva petrolífera del mundo.

    No se ha detenido a explicar por qué, si la primera edición de 1991 se presentó como una guerra ganada exitosamente y posibilitó la reelección de Jorge padre, poco más de una década después resulta necesario “ganar” otra.

    Para colmo, en aquella edición los argentinos fuimos cómplices. Formamos parte de la alianza militar, codo a codo con las mismas fuerzas que ocupan una parte de nuestro territorio nacional en Malvinas.

    Al fin y al cabo, hemos sido coherentes: también les vendimos armas a Ecuador y Croacia, violando embargos internacionales y compromisos diplomáticos. En el caso de Ecuador, además, mientras mantenía un conflicto con Perú. Nos olvidamos de las manifestaciones populares en nuestro apoyo en Lima durante 1982 y de la asistencia militar directa peruana, especialmente para cubrirnos las espaldas en Córdoba y Cuyo.

    Luego descubrimos que habíamos importado —total, el dólar estaba barato— un conflicto que no era nuestro y que terminó estallándonos en la cara.

    En fin, dicen que la etapa guerrera o militar es la que marca la declinación de los imperios. Lo que no se sabe es cuánta más guerra inventada y cuánta más muerte quedan por delante.